Supuestos indemnizatorios en el urbanismo
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2011.12175Palabras clave:
responsabilidad, indemnización, urbanismo, supuestos, sueloResumen
Como elemento fundamental del estado de Derecho se reconoce el principio de la responsabilidad patrimonial de la Administración, la cual tras el reconocimiento en la Constitución de 1978 encuentra una regulación de los principios y presupuestos básicos en la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre.
Reconocido el urbanismo como función pública, también la responsabilidad administrativa encuentra un ámbito de reconocimiento explícito en la actual normativa básica estatal, Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, en la que se regulan en su artículo 35 los supuestos indemnizatorios, junto a previsiones de responsabilidad aisladas en su artículos 6 b),11.5, 25 y 26.