Las bases de datos y el Tribunal Supremo
Palabras clave:
propiedad intelectual, bases de datos, derechos de autorResumen
Contratada por la dirección de un diario de difusión nacional la elaboración de una Base de datos referida a su historia editorial, la empresa que se encargó de la confección de la misma también recibió la cesión de la misma una vez elaborada en virtud del referido encargo.
La citada empresa, una vez en posesión de la citada base de datos, procedió a su explotación, divulgación y actualización, sin pedir, para ello, autorización alguna a la editora del periódico con el que había efectuado la anterior contratación, siendo demandada por aquélla al estimar que se había producido una vulneración de sus derechos de propiedad intelectual mediante la referida actividad que estimaba excedía la cesión efectuada en su día.