Jurisdicción voluntaria: autorización judicial supletoria del consentimiento de un cónyuge en los actos de administración y disposición sobre bienes comunes
Formulario
Resumen
Dado que es prácticamente imposible exigir para todo acto de administración de los bienes de los cónyuges la autorización conjunta, es por lo que existe en todos los matrimonios una distribución de competencias o funciones entre ambos, de ahí que la propia legislación establezca excepciones al principio de cogestión en materia de poder doméstico, gestión de bienes propios y ejercicio de la profesión, defensa y conservación del patrimonio conyugal...
Pero es necesario buscar un remedio a los supuestos de desacuerdo de los esposos o de imposibilidad de uno de ellos de prestar su consentimiento.