Procedimiento de cuenta jurada: conceptos incluibles en la reclamación; posibilidades del ejecutado
Palabras clave:
jura de cuentas, procedimientoResumen
Por la procuradora de los tribunales señora López López, se presentó escrito de jura de cuentas contra su cliente doña Ana L. F. con un saldo a su favor de 2.453,67 euros de los cuales 1.987,12 euros correspondían a los honorarios del letrado y 466,55 euros correspondían a los suplidos y derechos de la procuradora instante.
Admitida a trámite dicha solicitud, por la señora L. F. se presentó escrito alegando que la jura de cuentas solo puede presentarse por el procurador en virtud del artículo 34 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) no siendo aplicable el artículo 35 de la LEC, no pudiendo incluirse la minuta del letrado porque no ha sido pagada por la procuradora por lo que no constituye ningún gasto ni derecho.
Alega igualmente la deudora que si no se deja sin efecto el requerimiento de pago se tenga por impugnada la minuta del letrado y del procurador por entender que la del primero es excesiva y en cuanto al segundo que no debe incluirse ni el bastanteo ni los sellos del Colegio de Procuradores por ser gastos imputables solo a dicho profesional.