La inmediación en el proceso penal y el testimonio de la víctima
Palabras clave:
procedimiento penal, principio de inmediación, agresiones sexuales, prueba testifical, declaración de la víctimaResumen
En el día de la fecha dos agentes de la policía, a requerimiento de unos vigilantes jurados, se dirigieron a un polígono industrial de la localidad por la sospecha de que personas que se encontraban en un vehículo podían estarse dedicando al robo. En el lugar identificaron a dos varones XJC y XG, uno con los pantalones bajados y otro saliendo del vehículo medio desnudo, y en el interior del vehículo se encontraba XPL, que ante las preguntas de la policía sobre si le pasaba algo respondió negativamente, sin que pudieran fijarse bien en sus rasgos y demás circunstancias que presentaba por la poca visibilidad existente en el lugar, y ante la inexistencia de datos que pudieran hacer sospechar la realización de actos delictivos que exigieran su actuación, se marcharon del indicado polígono. Las tres personas identificadas, a continuación, subieron al coche y se trasladaron al lugar del que procedían. A las pocas horas, XPL presentó denuncia por agresión sexual contra los dos varones, por haberla forzado, bajo amenazas de muerte si decía algo a la policía, a realizar actos sexuales en el interior del vehículo mencionado, siendo reconocida por el médico forense sin apreciarse lesiones aparentes. Días posteriores se le realizaron nuevos informes médicos, concretamente por el médico de la perjudicada, especialista en medicina general, que apreció lesiones de aproximadamente tres días de antigüedad, tales como hematomas, alguna contusión, así como algún arañazo. Los varones indicados, ambos mayores de edad penal al igual que la denunciante, fueron acusados como autores de violación ante la Audiencia Provincial, en cuyo juicio declararon la perjudicada, los policías, así como el forense y el médico que efectuó el informe.