Incidente de oposición a la ejecución de títulos judiciales
Formulario
Resumen
Suele decirse que en el proceso de ejecución la contradicción y la igualdad están disminuidas, pero la condición de ejecutado no implica posición desigual frente al ejecutante, ni excluye la posibilidad de defensa, controversia y debate, pues los principios que rigen la actuación de las partes en el proceso (dualidad de posiciones, contradicción e igualdad) afectan no solo a la estructura sino a la esencia misma del sistema, y prueba de ello es el incidente de oposición a la ejecución reseñado.
Si el título ejecutivo es una sentencia o una resolución judicial o arbitral de condena o que apruebe transacción o acuerdo logrados en el proceso, el ejecutado, dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto en que se despache ejecución, podrá oponerse a ella por escrito alegando el pago o cumplimiento de lo ordenado en la sentencia, que habrá de justificar documentalmente.
También se podrá oponer la caducidad de la acción ejecutiva y los pactos y transacciones que se hubieran convenido para evitar la ejecución, siempre que dichos pactos y transacciones consten en documento público.