Derecho a la propia imagen
Caso práctico
Resumen
El modelo publicitario NCV contrata con una agencia la cesión de su imagen para la realización de la campaña publicitaria de un producto financiero, cesión que se realiza por el término de un año.
Realizada la campaña y cobrados los honorarios, la misma de reproduce y hace pública en diversos medios los dos años siguientes; requerida la entidad para que resarciera al modelo por la utilización de su imagen, se realiza un nuevo pago por la segunda campaña, negándose a ningún resarcimiento más por entender que con el segundo pago, novó el contrato y lo amplió por otro año.
Por el modelo publicitario se acude a los Tribunales reclamando una indemnización por los daños y perjuicios que se han producido a su imagen al haberla utilizado con finalidad publicitaria en un tiempo posterior al pactado sin su consentimiento.