Entidades crediticias y consumidores: una relación difícil (aspectos jurídicos bancarios)

Autores/as

  • Emilio Amezcua Ormeño Estudiante de Licenciatura de Derecho. Universidad de Valencia (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/ceflegal.2005.14719

Resumen

Este trabajo ha sido seleccionado y ha obtenido el Accésit Premio Estudios Financieros 2005 en la Modalidad de DERECHO CIVIL Y MERCANTIL.

El dato relativo a la aceleración de la deuda de las economías domésticas refleja como pocos la estrecha relación habida entre banca y usuarios de crédito en un mercado concreto. En nuestro país, y según informaciones difundidas por el Banco de España, el endeudamiento de las familias españolas superó los 595.000 millones de euros en el ejercicio 2004, cifra esta equivalente al 75 por 100 del Producto Interior Bruto (PIB) y constitutiva de un incremento del 17,4 por 100 con relación al año anterior. La aceleración de la deuda de los hogares encuentra su explicación en la creciente subida del precio de bienes y servicios de primera y segunda necesidad que obliga a las familias, aprovechando los bajos tipos de interés estipulados, bien a disponer de dinero ajeno, bien a retrasar, por un cierto plazo, el pago de cantidades debidas a cambio del interés pactado. Pero la relación no es solamente económica sino también jurídica.

En efecto, al constituir la cuantía del crédito el objeto de los contratos que consumidores y usuarios bancarios formalizan con las entidades de­dicadas a la intermediación financiera, el Derecho de Consumo está llamado a proteger los legítimos intereses económicos y sociales de los destinatarios finales de aquel negocio, haciendo del cliente bancario un sujeto informado. Precisamente, el derecho a la información preside el principio pro consumatore, sometido a la salvaguarda de la Constitución Española de 1978 (art. 51) y que ha sido desarrollado jurídicamente a través de otros instrumentos jurídicos, siendo la disposición de cabecera la Ley 26/1984 para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, buscando apartar a los tutelados por esta normativa legal de inseguridades jurídicas derivadas de contratos de adhesión, en general, y cláusulas abusivas, en particular, ilegibles, ambiguas, oscuras o incomprensibles que les conduzcan a un injustificado desequilibrio de parte contractual en el negocio jurídico de que se trate y, en consecuencia, a un empobrecimiento injusto con cargo al haber patrimonial del cliente bancario.

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Publicado

10-12-2005

Cómo citar

Amezcua Ormeño, E. (2005). Entidades crediticias y consumidores: una relación difícil (aspectos jurídicos bancarios). CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (59), 21–44. https://doi.org/10.51302/ceflegal.2005.14719