Uniones de hecho. Efectos

Caso práctico

Autores/as

  • José Manuel Suárez Robledano Magistrado (España)

Resumen

Habiendo terminado la convivencia que mantuvo durante un prolongado número de años una pareja heterosexual, sin haber llegado a contraer matrimonio entre sí, la conviviente plantea cuáles pueden ser las consecuencias indemnizatorias o de pensión derivadas de dicha ruptura, efectuando la correspondiente consulta en el bufete de abogados que elige libremente a tal efecto. En el supuesto planteado, la conviviente considera que su dedicación a la familia de hecho existente con anterioridad, que se prolongó durante mucho tiempo, ha de dar lugar a la correspondiente satisfacción económica en tanto que, de otra forma, existiría un desequilibrio entre dicha dedicación y la ruptura producida de forma súbita e inopinada.

El abogado consultado, no obstante, considera que la inexistencia de normas jurídicas que regulen la situación crea una gran inseguridad jurídica y le expone a la conviviente citada diversas opiniones que se sustentan para resolver la cuestión, incluyendo la problemática de una liquidación de los bienes que deriva de la convivencia producida.

Hay que tener en cuenta, además, que durante la unión de hecho habida nacieron una niña y un niño, siendo la primera mayor de edad en la actualidad, y que la conviviente se ha hecho cargo de la custodia del niño menor de edad por mutuo acuerdo con su anterior pareja. La hija común mayor de edad también vive con la madre una vez producida la ruptura de la relación de hecho que existió antes.

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Publicado

10-02-2004

Cómo citar

Suárez Robledano, J. M. (2004). Uniones de hecho. Efectos: Caso práctico. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (37), 100–104. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/14753

Número

Sección

Casos prácticos de Derecho Civil

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