La tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo. Criterios prácticos para su aplicación
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2003.15163Resumen
La Ley 53/2002, de 30 de diciembre de 2002, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, vuelve a introducir en el ámbito de la Administración de Justicia el sistema de tasa judicial que había sido completamente derogado por la Ley 25/1986, de 24 de diciembre, de supresión de tasas judiciales, con el objeto de gravar la utilización, por parte de determinadas personas jurídicas, el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes jurisdiccionales civil y contencioso-administrativo. Por consiguiente, en el presente trabajo, intentaremos ofrecer una guía de interpretación útil para todos los operadores jurídicos partiendo tanto de la citada Ley como de la Orden HAC/661/2002, de 24 de marzo, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo y se determinan el lugar, la forma y plazos para su presentación.