Impago de pensiones compensatorias
Resumen
Ricardo venía obligado, en virtud de Sentencia de 5 de enero de 1995 dictada en procedimiento de divorcio por el Juzgado de Primera Instancia, a abonar a su mujer y a su hijo de tres años en concepto de pensión la cantidad de 85.000 ptas. (510,86 euros); dicha cantidad sufriría los incrementos anuales correspondientes al IPC. Ricardo, desde enero de 1997, dejó de satisfacer cantidad alguna, lo que dio lugar a que en fecha 7 de mayo de 2000 su mujer interpusiera la correspondiente denuncia ante el Juzgado de Guardia, lo cual dio lugar a la incoación de las correspondientes diligencias previas, acordándose por Auto de fecha 3 de septiembre de 2000 la apertura del juicio oral.