La tutela privilegiada del crédito a través del juicio monitorio
Resumen
La Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero (LEC), regula dentro de su Libro IV, Título III, dedicado a los procesos especiales, los llamados juicios cambiario y monitorio. Ambos pretenden erigirse en procedimientos eficaces para otorgar una tutela privilegiada de los derechos de crédito.
Sólo el tiempo y la práctica forense podrán determinar si esa legítima aspiración es un hecho o sólo una intención irrealizable.
Hay una diferencia sustancial entre ellos, y es que, mientras el cambiario se fundamenta en documentos muy concretos legalmente protegidos (letra de cambio, cheque o pagaré), el segundo, el monitorio, lo hace en documentos de apariencia jurídica no indubitada pero suficiente.
En cualquier caso, y después de poco más de un año de vigencia de la LEC, estamos ya en condiciones de proclamar las virtudes y también los defectos de una regulación que fue presentada como uno de los máximos aciertos de la nueva ley rituaria, y que, sin embargo, no se está sintiendo como tal entre todos los operadores jurídicos.