El Tribunal Constitucional exige agotar todas las alternativas de comunicación antes de practicar edictos: también en los procesos de desahucio
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2019.9757Palabras clave:
régimen de actos de comunicación, notificación edictal, procesos de desahucioResumen
En el presente trabajo se analiza el régimen de los actos de comunicación y, en particular, en los casos en que es necesario acudir a la ficción legal de la notificación por edictos. Se examina cuál es la doctrina del Tribunal Constitucional respecto a este mecanismo, considerado como subsidiario y último recurso en supuestos determinados, y la tensión que se produce entre la tutela judicial efectiva y la eficacia procesal. Se concluye con la aplicación de la doctrina constitucional en los procesos de desahucios en los que se solicita la nulidad de actuaciones por indefensión.