Auto de apertura de juicio oral

Authors

  • Ángel Muñoz Marín Fiscal (España)

Abstract

Calificados los hechos tanto por el Ministerio Fiscal, como por la acusación particular, se califican por el primero los hechos como constitutivos de un delito de lesiones, mientras que la acusación particular lo hace, además de como un delito de lesiones, como un delito de detención ilegal. Se dicta por el Juzgado de Instrucción el correspondiente auto de apertura del juicio oral, pero decretando la apertura del juicio tan sólo por el delito de lesiones.

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Published

2002-11-10

How to Cite

Muñoz Marín, Ángel. (2002). Auto de apertura de juicio oral. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (22), 228–229. Retrieved from https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/15721

Issue

Section

Casos prácticos de Derecho Penal

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