El cómputo del plazo de tramitación del procedimiento sancionador en materia tributaria
Comentario a la STSJ de Madrid de 26 de marzo de 2004, rec. núm. 1045/2001
Resumen
A partir de la entrada en vigor del Real Decreto 803/1993, de 28 de mayo, por el que se modifican determinados procedimientos tributarios (RD 803/1993), el transcurso del período máximo establecido para la tramitación del procedimiento sancionador en materia tributaria determina la caducidad de dicho procedimiento. En este ámbito, la caducidad es el modo de extinción de un procedimiento administrativo que se encuentra inactivo o suspendido y que tiene por finalidad evitar la pendencia indefinida del referido procedimiento, eliminando así la consiguiente inseguridad jurídica.