Los intereses por retraso en el pago

Comentarios a la Sentencia del Tribunal Constitucional de 18 de abril de 1996

Autores/as

  • Miguel Wert Ortega Inspector de Finanzas del Estado (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.1996.17337

Resumen

La Sentencia del Tribunal Constitucional de 18 de abril de 1996 [publicada en la Revista Estudios Financieros de Contabilidad y Tributación núm. 158 (mayo 1996), pág. 159 y ss.] aborda la cuestión de los llamados intereses procesales y la diferente regulación que sobre los mismos existe según que el obligado a satisfacerlos sea la Hacienda Pública o los particulares. Se producen tales intereses procesales por el retraso en el cumplimiento de una sentencia de condena al pago de una cantidad, retraso motivado principalmente por la interposición de recursos por el obligado al pago. La cuestión suscitada por esos intereses, que es analizada en la sentencia que comentamos, es la adecuación de la normativa que los regula a los principios constitucionales y, más en concreto, la posibilidad de que la existencia de un régimen de cálculo de los intereses diferente para la Administración del que existe para los particulares pudiera suponer una discriminación a favor de la primera contraria al principio constitucional de igualdad.

El tema de los intereses en general, ya sean de demora, procesales o de otro tipo, y la existencia de un régimen privilegiado para la Administración en relación con el que rige para los particulares ha sido foco de atención en numerosos estudios doctrinales que han vertido críticas al sistema vigente y propugnado un cambio de la normativa actual. Y el tema, por la trascendencia constitucional que sin duda tiene, ha sido objeto de consideración también por el Tribunal Constitucional en diversos pronunciamientos, el último de los cuales es el que tratamos en este trabajo, aunque es previsible que sucedan otros más sobre este tema, porque los motivos de polémica no han desaparecido.

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Publicado

07-07-1996

Cómo citar

Wert Ortega, M. (1996). Los intereses por retraso en el pago: Comentarios a la Sentencia del Tribunal Constitucional de 18 de abril de 1996. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (160), 3–20. https://doi.org/10.51302/rcyt.1996.17337

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