Transparencia fiscal internacional (I)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.1995.17441Resumen
Los artículos 2 y 10 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social regulan, por primera vez en nuestro sistema tributario, lo que se ha dado en llamar la «transparencia fiscal internacional», quizá porque ha querido verse en dichas normas una suerte de «levantamiento del velo de la personalidad» al igual que, según determinados sectores doctrinales, acontece en el régimen de transparencia fiscal previsto en el artículo 52 y siguientes de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.