Retenciones en el IRPF
Resumen
Una vez examinados en los dos capítulos precedentes los rendimientos del capital mobiliario, excepción hecha de los contratos de seguro, puesto que al deparar también incrementos de patrimonio merecen un tratamiento diferenciado, y los rendimientos en especie del trabajo personal, verdadera y fundamental innovación de la Ley 18/1991, cumple ahora examinar la obligación de retener y de ingresar a cuenta, en cuanto que la mencionada obligación recae específicamente sobre ambos tipos de rendimientos, además de sobre los premios.