Se consolida el criterio valenciano de las pérdidas por donaciones en el IRPF
Análisis de las SSTSJ de la Comunidad Valenciana de 21 de noviembre de 2023, rec. núm. 113/2023, y 24 de noviembre de 2023, rec. núm. 205/2023
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2024.20249Resumen
El criterio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ya se ha consolidado con estas dos Sentencias de 21 y 24 de noviembre de 2023, que vienen a confirmar la doctrina manifestada en la Sentencia de 28 de septiembre de 2022 y a avalar la interpretación de la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana de 30 de setiembre de 2019, que había interpretado el artículo 33.5 c) de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas (Ley 35/2006) en el sentido de que las transmisiones a título lucrativo realizadas por actos inter vivos pueden dar lugar a pérdidas patrimoniales que integrar en la base imponible del impuesto del donante o transmitente.
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Citas
Puebla Agramunt, N. (2022a). Las pérdidas debidas a donaciones. (Análisis de la RTEAC de 31 de mayo de 2021, RG 3746/2020). Revista de Contabilidad y Tributación. CEF, 466, 87-95.
Puebla Agramunt, N. (2022b). Más sobre las pérdidas en IRPF debidas a donaciones. (Análisis de la STSJ de la Comunidad Valenciana de 28 de septiembre de 2022, rec. núm. 277/2022). Revista de Contabilidad y Tributación. CEF, 477, 121-128.