Anatomía tributaria de ocho resoluciones: el TEAC y el artículo 89.2 de la LIS
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2025.24367Palabras clave:
ventaja fiscal, efectos fiscales abusivos, motivo económico válido, fraude fiscal, operaciones de restructuración, ventajas fiscales abusivas, abuso, delusión fiscal, prácticas abusivasResumen
El TEAC ha dictado recientemente diversas resoluciones con relación al artículo 89.2 de la LIS en la que se fija su criterio interpretativo con relación a cómo hay que regularizar los efectos abusivos de aquellas ventajas fiscales que se han conseguido al realizar una operación de restructuración empresarial cuya finalidad principal es la fiscalidad. Nos estamos refiriendo al régimen fiscal especial de diferimiento previsto en el capítulo VII de la LIS, comúnmente denominado régimen FEAC (fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores).
Las resoluciones son importantes por la relevancia que una vez más se concede a los motivos económicos válidos, porque contradicen y reinterpretan la doctrina de la DGT recogida en la Consulta V2214/2023, de 27 de julio, y porque fijan el criterio interpretativo del tribunal con relación al artículo 89.2 de la LIS, relativo a la regularización de la ventaja fiscal que de forma abusiva se ha conseguido.
La finalidad de nuestro trabajo es analizar su contenido y proponer una interpretación alternativa de dicho artículo.