El giro jurisprudencial en la responsabilidad subsidiaria del artículo 43.1 a) de la LGT: del automatismo a la individualización de la conducta

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2025.24769

Palabras clave:

responsabilidad tributaria subsidiaria, artículo 43.1 a) de la LGT, naturaleza sancionadora, carga de la prueba, posición de garante, motivación individualizada, administradores societarios, infracción tributaria

Resumen

El presente artículo analiza la evolución jurisprudencial reciente en materia de responsabilidad tributaria subsidiaria de los administradores societarios prevista en el artículo 43.1 a) de la LGT a partir de las SSTS 4094/2023, de 2 de octubre (rec. núm. 8791/2021), y 594/2025, de 20 de mayo (rec. núm. 3452/2023). A raíz del reconocimiento de su naturaleza sancionadora, se derivan importantes consecuencias prácticas: la imposibilidad de iniciar un nuevo procedimiento de derivación por los mismos hechos tras la anulación del anterior, en aplicación del principio ne bis in idem; la diferenciación en el régimen de suspensión entre la deuda tributaria principal y las sanciones; y, de forma especialmente relevante, la atribución a la Administración de la carga de acreditar la conducta culposa o negligente del administrador.

Esta última supone el abandono de la tradicional inversión del onus probandi y exige una motivación individualizada en los acuerdos de derivación. El trabajo subraya así el giro jurisprudencial operado en la interpretación del artículo 43.1 a) de la LGT, que refuerza las garantías del responsable tributario conforme a los principios del derecho sancionador, al tiempo que introduce mayores exigencias técnicas y probatorias para los órganos de recaudación.

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Biografía del autor/a

Rocío Estébanez Cuevas, Inspectora de Hacienda del Estado (España)

Graduada en el Doble Grado en Derecho y Administración de Empresas por la Universidad de Valladolid. Técnico de Hacienda en excedencia e inspectora de Hacienda del Estado en activo. Su carrera administrativa se ha desempeñado en puestos de la Dirección General de Tributos y en el Tribunal Económico-Administrativo Central, y actualmente desempeña sus funciones en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. https://orcid.org/0009-0007-2317-1936

Publicado

17-10-2025 — Actualizado el 05-11-2025

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Cómo citar

Estébanez Cuevas, R. (2025). El giro jurisprudencial en la responsabilidad subsidiaria del artículo 43.1 a) de la LGT: del automatismo a la individualización de la conducta. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (512), 35–62. https://doi.org/10.51302/rcyt.2025.24769 (Original work published 17 de octubre de 2025)