Las restricciones del derecho a la deducción del artículo 96.uno de la LIVA y su ajuste a la Directiva 2006/112/CE: la cláusula standstill

Autores/as

  • Antonio Longás Lafuente Inspector de Hacienda del Estado (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2019.3807

Palabras clave:

IVA, deducciones, limitaciones, cláusula standstill

Resumen

En el apartado primero del artículo 96 de la LIVA se recogen las exclusiones del derecho a la deducción, de forma que el sujeto pasivo no puede deducir las cuotas soportadas por los bienes y servicios adquiridos señalados en el precepto, salvo que se encuentre en alguna de las circunstancias previstas en el apartado segundo.

Una de las reglas básicas en las que se sustenta el IVA, fruto del principio de neutralidad que preside el impuesto, es el derecho a la deducción de las cuotas soportadas en la medida en que resulten afectas a aquellas operaciones gravadas generadoras del derecho a deducir que realice el sujeto pasivo. No obstante, la propia Directiva IVA prevé que el Consejo establezca unas excepciones a este derecho y, en tanto no se regulen expresamente en aquella norma, permitió a los Estados miembros el mantenimiento de aquellas exclusiones que se recogiesen en su normativa interna con anterioridad a la entrada en vigor de la Sexta Directiva (1 de enero de 1978) o de la fecha de adhesión en el caso de que el Estado miembro hubiese entrado en la Unión Europea con posterioridad a la misma.

España se encuentra en este segundo grupo y, como se ha expuesto, recoge unas excepciones al derecho a la deducción desde la misma fecha en que entró en vigor una normativa reguladora del IVA, coincidente con la de su adhesión a la Unión Europea.

En este estudio se plantea la adecuación de la regla española a la normativa europea, así como los efectos que en su caso tendría para los sujetos pasivos del impuesto, considerando tanto la doctrina del TJUE, como la jurisprudencia nacional y la doctrina del TEAC y de la DGT.

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Citas

Bas Soria, J, (2018). Deducibilidad de las cuotas soportadas relacionadas con los vehículos en los supuestos de afectación parcial a la actividad. Análisis de la STS de 5 de febrero de 2018, rec. 102/2016. RCyT. CEF, 422.

Bastida Peydro, M. y Celaya Acordarrementería, I. (2016). Propuestas de futuro para el Impuesto sobre el Valor Añadido en España. Ponencia 6: Deducción del impuesto soportado. Fundación Impuestos y Competitividad.

Blázquez Lidoy, A. (2002). El IVA en las entidades no lucrativas. CEF y Confederación Española de Fundaciones.

Blázquez Lidoy, A (2006). La no deducibilidad de las cuotas de IVA por elementos no afectos exclusivamente a la actividad económica (art. 95 de la LIVA) a la luz de la reciente jurisprudencia del TJCE. Jurisprudencia Tributaria Aranzadi, 10.

Comisión Europea (2010). Libro verde sobre el futuro del IVA. Hacia un sistema de IVA más simple, más robusto y eficaz. COM(2010) 695 final. Bruselas 1.12.2012.

García Novoa, C. (2012). La deducción en el IVA. Revista Noticias de la Unión Europea, 331.

Longás Lafuente, A. (2009). Deducción de cuotas de IVA soportadas afectas conjuntamente a actividades económicas y no económicas (Comentario a la Sentencia del TJCE de 13 de marzo de 2008, asunto C-437/08, Securenta). RCyT. CEF, 311.

Longás Lafuente, A. (2018). Impuesto sobre el valor añadido. Comentarios y casos prácticos. Tomos I y II. CEF.

Macarro Osuna, J. M. (2016). Las exclusiones del derecho de deducción en el IVA: análisis y propuestas de armonización. RCyT. CEF, 405.

Martín Rebollo, L. (2016). Sobre el papel del juez nacional en la aplicación del derecho europeo y su control. Revista de Administración Pública, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 200.

Trayter Jiménez, J. M. (1991). El efecto directo de las Directivas comunitarias: el papel de la Administración y de los jueces en su aplicación. Revista de Administración Pública, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 125.

Zurdo Ruiz-Ayúcar, J. (1993). Tratado sobre el IVA (Comentarios a la Ley 37/1992 y al RD 1621/1992). RCyT. CEF.

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Publicado

07-01-2019

Cómo citar

Longás Lafuente, A. (2019). Las restricciones del derecho a la deducción del artículo 96.uno de la LIVA y su ajuste a la Directiva 2006/112/CE: la cláusula standstill. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (430), 5–42. https://doi.org/10.51302/rcyt.2019.3807

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