Avances en el IVA: comercio electrónico de bienes y de servicios con particulares, y régimen definitivo de tráficos intracomunitarios de bienes entre empresarios. Antecedentes y modificaciones normativas 2019-2022
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2019.3927Palabras clave:
IVA, comercio electrónico, ventas a distancia, ventas en cadena, ventas en consignación, régimen definitivo, prueba del transporte, NIF-IVA, ventanilla única, interfaces digitales, servicios ETRTResumen
El 5 de diciembre de 2017, el Consejo de la Unión Europea adoptó la Directiva (UE) 2017/2455 (conocida como Directiva del IVA en el comercio electrónico) por la que se modificó la Directiva del IVA ampliando, con efectos desde el 1 de enero de 2021, el ámbito de aplicación de la mini ventanilla única a todos los servicios prestados a particulares, así como a las ventas intracomunitarias a distancia de bienes y a las ventas a distancia de bienes importados de terceros territorios o terceros países, convirtiendo la mini ventanilla única de facto en una ventanilla única. Además, la nueva regulación implicará a determinados operadores titulares de interfaces electrónicas en la declaración e ingreso del IVA de algunas de las ventas a distancia.
Posteriormente, en fecha 11 de diciembre de 2018, la Comisión Europea publicó sendas propuestas de modificación de la Directiva del IVA y su Reglamento de Ejecución Europeo, desarrollando algunas de las medidas introducidas por la Directiva del IVA en el comercio electrónico. Ambas propuestas, que han recibido el visto bueno del Consejo de la Unión Europea en su reunión de 12 de marzo de 2019, resultarán también de aplicación a partir del 1 de enero de 2021.
En paralelo, la Comisión Europea presentó, en fecha 25 de mayo de 2018, una propuesta de directiva que modifica la Directiva del IVA con la introducción de las medidas técnicas detalladas para el funcionamiento del régimen definitivo del IVA del comercio intracomunitario de bienes entre empresas, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de julio de 2022.
Mientras tanto, con efectos 1 de enero de 2020, la Directiva (UE) 2018/1910 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1912 han previsto una serie de medidas específicas, que armonizan y simplifican determinadas disposiciones aplicables al régimen actual del intercambio intracomunitario de bienes entre empresas.