Formación y rendición de cuentas de los ayuntamientos. Análisis y propuestas de reforma
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2016.4557Palabras clave:
cuentas ayuntamientos, rendición de cuentas ayuntamientos, no rendición de cuentas ayuntamientosResumen
La aprobación y rendición de la cuenta general de los ayuntamientos debería convertirse en un procedimiento de tipo técnico, ausente de connotaciones políticas, que permita una adecuada fiscalización por parte de las instituciones de control de cuentas.
Las medidas que pueden adoptar las instituciones de control de cuentas para hacer efectiva la obligación de rendir cuentas de los ayuntamientos no han conseguido los objetivos previstos y es necesaria la adopción de medidas más eficaces.
El incumplimiento de la obligación de rendir cuentas es una infracción muy grave, pero el régimen jurídico actualmente vigente no es operativo, pues la competencia para la incoación y resolución de los expedientes debería asignarse al Tribunal de Cuentas y a las instituciones autonómicas de control de cuentas.
El Tribunal de Cuentas debe aprobar una normativa en la que se determinen los supuestos y momentos en los que debe realizarse la retención del importe de las entregas a cuenta, anticipos y liquidaciones de la participación en los tributos del Estado, garantizando la participación de las instituciones autonómicas de control de cuentas.