El Impuesto sobre Sociedades en 2015. Los intangibles

Autores/as

  • Eduardo Sanz Gadea Licenciado en Derecho y Ciencias Económicas (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2016.4609

Palabras clave:

Impuesto sobre Sociedades, fondo de comercio, activos intangibles, régimen de patent box

Resumen

Recién estrenada la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, su articulado ha sufrido algunas modificaciones relevantes, como es el caso de las normas relativas a los activos intangibles y el fondo de comercio, y de las concernientes a la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles. La diligente aprobación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades mediante el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, ha traído, como principal novedad, la denominada información país por país, por más que la misma no incida en la obligación tributaria material. Todas estas modificaciones tienen un nexo común, a saber, su inspiración en los frutos de la actividad de organizaciones internacionales como son la Unión Europea y la OCDE. En la presente colaboración se describen las relativas a los intangibles, al fondo de comercio y a la reducción de rentas procedentes de intangibles.

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Publicado

07-04-2016

Cómo citar

Sanz Gadea, E. (2016). El Impuesto sobre Sociedades en 2015. Los intangibles. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (397), 59–92. https://doi.org/10.51302/rcyt.2016.4609

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