Reiteración de sanciones tributarias, procedimiento sancionador y principio ne bis in idem procesal
Análisis de la STS de 16 de diciembre de 2014, rec. núm. 3611/2013
Resumen
La Sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 16 de diciembre de 2014 [rec. núm. 3611/2013 (NFJ057176)] se refiere de nuevo a los efectos de la anulación de las liquidaciones tributarias y, más en particular, de las sanciones correspondientes cuando, al estimarse parcialmente la reclamación económico-administrativa por motivos sustantivos, se ordena la emisión de una nueva liquidación minorando el importe de la cuota. En estas circunstancias, se plantea si es posible dictar un nuevo acuerdo sancionador reduciendo también el importe de la sanción aplicable o si, por requerirse para ello la tramitación de un nuevo procedimiento sancionador, se produce la vulneración del principio ne bis in idem en su vertiente procesal. El pronunciamiento del TS resulta también relevante al reiterar su doctrina sobre las exigencias de motivación de las sanciones tributarias y poner de manifiesto el «escaso rigor» y «laxitud» en la utilización de la figura de la simulación por parte de la Administración tributaria en un supuesto de mera discrepancia de criterio interpretativo.
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Citas
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