Valor de amortización y valor residual
Análisis de la RTEAC de 23 de noviembre de 2021, RG 1135/2019
Resumen
El Tribunal Económico-Administrativo Central después de un análisis económico, mercantil, contable y fiscal estima las alegaciones del contribuyente y considera que a efectos del cálculo de las amortizaciones, por aplicación del principio de seguridad jurídica, no debe tenerse en cuenta un eventual valor residual del activo, como calculó la inspección.