Imputación temporal de ingresos y gastos

Análisis de las SSAN de 26 de enero de 2022, rec. núm. 485/2019, y de 4 de febrero de 2022, rec. núm. 322/2019

Autores/as

  • Eduardo Sanz Gadea Inspector de la Hacienda del Estado (jubilado)

Resumen

Las dos sentencias que se comentan abordan supuestos de imputación temporal de ingresos y gastos. La regla principal es el devengo. Junto a ella, la de inscripción contable del gasto, así como la de correlación de ingresos y gastos configuran el armazón de la imputación temporal.

Estas reglas, tradicionales del impuesto sobre sociedades, reafirmadas y sistematizadas por la Ley 43/1995 y continuadas por el texto refundido de 2004 (RDleg. 4/2004), han recalado actualmente, con ligeras modificaciones, en la Ley 27/2014.

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Citas

Albiñana García-Quintana, C. (1949). Tributación del beneficio de la empresa y sus partícipes. Revista de Derecho Mercantil.

 

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Publicado

07-10-2022

Cómo citar

Sanz Gadea, E. (2022). Imputación temporal de ingresos y gastos: Análisis de las SSAN de 26 de enero de 2022, rec. núm. 485/2019, y de 4 de febrero de 2022, rec. núm. 322/2019. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (475), 172–184. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/RCyT/article/view/7649

Número

Sección

Análisis doctrinal y jurisprudencial de tributación

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