La armonización fiscal en la Unión Europea y los límites constitucionales a la imposición
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2008.7897Palabras clave:
armonización fiscal, Constitución, Derecho Comunitario originarioResumen
Dentro del Derecho de la Unión Europea no encontramos una consagración expresa de los principios materiales de justicia tributaria de la forma en que los encontramos en nuestra Constitución. De ahí la necesidad de analizar en qué medida tales principios son encuadrables en la disciplina tributaria de la Unión Europea, debiendo presidir también cualquier medida de armonización fiscal, de tal forma que esta, por sí misma, no intente imponer a los Estados miembros de aquella medidas fiscales que puedan chocar con sus Constituciones nacionales. En base a ello, es necesario buscar puntos de encuentro entre la disciplina constitucional tributaria de los Estados miembros y el Derecho originario de la Unión Europea, al que se tiene que someter su Derecho derivado, formando parte de este último las directivas de armonización fiscal. Esos puntos de encuentro se pueden buscar desde la disciplina comunitaria de los derechos fundamentales, que además de consagrar expresamente los más esenciales de estos derechos, asume también como propios los que forman parte de la tradición constitucional de los Estados miembros de la Unión Europea. Esto, que comenzó siendo así reconocido en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, encuentra actualmente reflejo expreso en textos normativos de Derecho originario de aquella.