Atribución de la vivienda familiar tras crisis matrimonial
Comentario de la SAP de Las Palmas de Gran Canarias de 28 de septiembre de 2015
Palabras clave:
derecho de familia, separación, vivienda familiar, precario, desahucioResumen
Juicio de desahucio por precario: demanda interpuesta por propietario de vivienda cedida al hijo y su pareja como vivienda familiar una vez rota la convivencia. La situación de quien ocupa una vivienda cedida sin contraprestación y sin fijación de plazo para su titular para ser utilizada por el cesionario y su familia como domicilio conyugal o familiar es la propia de un precarista, una vez rota la convivencia, con independencia de que le hubiera sido atribuido el derecho de uso y disfrute de la vivienda, como vivienda familiar, por resolución judicial. Tampoco la compra de muebles y la realización de obras por la demandada alteran el título de la ocupación, aunque puedan conferirle el derecho al reembolso de su importe, circunstancia ajena a la presente litis.