Las grabaciones de sonido privadas como prueba en el proceso penal
Palabras clave:
grabación conversación, secreto, intimidad, pruebaResumen
Las grabaciones de sonido privadas no conculcan el derecho fundamental al secreto. En todo caso, es un acto preparatorio para su «posterior difusión» en la vista, y no toda difusión vulnera la intimidad sino cuando se ve afectada en su dimensión personal o familiar. La vulneración de la grabación del derecho a no confesarse culpable y la posible condena utilizando prueba concomitante y documental para probar el cohecho.