Margen de actuación en la revisión de sentencias absolutorias. El tráfico de drogas y el consumo compartido como conducta atípica

Comentario a la STS de 12 de diciembre de 2013

Autores/as

  • José Ignacio Esquivias Jaramillo Fiscal (Fiscalía Provincial de Madrid) (España)

Palabras clave:

revisión de sentencias firmes absolutorias, tráfico de drogas, autoconsumo, consumo compartido

Resumen

La revisión de sentencias absolutorias, cuando el Tribunal Supremo actúa dentro de los márgenes de la infracción de ley, se produce revisando cuestiones puramente jurídicas. Es decir, cuando se limita a corregir errores de subsunción, incluidos los que afecten a elementos subjetivos del tipo y a fijar criterios interpretativos uniformes para garantizar la seguridad jurídica, la predictibilidad de las resoluciones judiciales, la igualdad de los ciudadanos ante la ley penal, y la unidad del ordenamiento penal y procesal penal, sin alterar ningún presupuesto fáctico. No cabe la modificación de los hechos en casación, pero sí, aun cuando no se dé audiencia al interesado, la revocación del fallo, basada en la errónea interpretación de la norma jurídica, dados unos hechos por probados. Se excluye excepcionalmente del artículo 368 del Código Penal (tráfico de drogas) la tipicidad de la conducta de consumo compartido, por estimar que si el consumo propio no se encuentra penado tampoco debe estarlo el hecho de compartir entre varios consumidores una limitada cantidad de sustancia estupefaciente en un acto privado, o su agrupación para adquirir la droga destinada a ese ulterior consumo compartido privado. Pero esta atipicidad no alcanza a cualquier supuesto en que una persona se desplace a otra localidad para adquirir cantidades relevantes de droga con el fin de repartirla posteriormente entre consumidores varios, desarrollando una pluralidad de encargos cuyos destinatarios consumirán la droga cuando les interese.

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Publicado

10-06-2014

Cómo citar

Esquivias Jaramillo, J. I. (2014). Margen de actuación en la revisión de sentencias absolutorias. El tráfico de drogas y el consumo compartido como conducta atípica: Comentario a la STS de 12 de diciembre de 2013. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (161), 245–248. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/11327

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Penal

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