Competencia de las juntas de propietarios a la hora de llevar a cabo obras en los edificios. Las nuevas funciones de los presidentes de comunidad
DOI:
https://doi.org/10.51302/ceflegal.2014.11335Palabras clave:
obras obligatorias, comunidad de vecinos, junta de propietariosResumen
Se lleva a cabo en este estudio un análisis de la reforma operada en la Ley de Propiedad Horizontal por medio de la Ley 8/2013, en el artículo 10, al introducir importantes cambios en la mecánica a seguir en las comunidades de vecinos en relación con la decisión de llevar a cabo obras en estas, ya que la reforma abre una vía que puede generar serios conflictos entre los presidentes de comunidad y los comuneros, ya que los presidentes asumen ahora la soberana decisión de llevar a cabo las obras, pero será la junta la que aprobará la empresa que llevará a cabo la obra.