Disolución del matrimonio. Efectos para los hijos

Comentario a la STS de 10 de diciembre de 2012

Autores/as

  • Carlos Beltrá Cabello Subdirector General de Gestión de Personal y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

derecho de familia, disolución del matrimonio, guarda y custodia compartida de los hijos

Resumen

La guarda compartida está establecida en interés del menor, no de los progenitores. La norma que admite la guarda y custodia compartida no está pensada para proteger el principio de igualdad entre ambos progenitores, porque la única finalidad que persigue es que se haga efectiva la mejor forma de procurar la protección del interés del menor.

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Publicado

10-04-2013

Cómo citar

Beltrá Cabello, C. (2013). Disolución del matrimonio. Efectos para los hijos: Comentario a la STS de 10 de diciembre de 2012. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (147), 7–12. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/11661

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil

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