Guarda y custodia compartida de menores

Autores/as

  • Carlos Beltrá Cabello Subdirector General de Gestión de Personal y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

menores, guarda, custodia

Resumen

El presente supuesto planteado tiene como finalidad, aunque en el mismo no se ha llegado a conceder la guarda y custodia compartida, el eliminar la creencia de que esta solo se puede conceder si existe una buena relación entre los progenitores y se dan las circunstancias adecuadas para ser concedida. Se estudia en el mismo que no siempre se concederá si hay buena relación y en caso contrario, tratándose de un divorcio contencioso en el que los padres no están de acuerdo en múltiples asuntos, tras efectuarse los informes oportunos podrá concederse la guarda y custodia compartida siempre, y en todo caso, en interés del menor o menores que van a quedar afectados por la medida que se deba tomar, medida que debería considerarse la más normal, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea.

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Publicado

10-10-2011

Cómo citar

Beltrá Cabello, C. (2011). Guarda y custodia compartida de menores. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (129), 203–207. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/12319

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