Acción de divorcio. Legitimación de tutores

Comentario a la STS, Sala de lo Civil, de 21 de septiembre de 2011

Autores/as

  • Carlos Beltrá Cabello Subdirector General de Gestión de Personal y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid. Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

acción de divorcio, legitimación, tutores legales

Resumen

Los tutores de una persona incapacitada casada pueden ejercer la acción de divorcio en nombre de aquella, siempre que por sus condiciones no pueda actuar por sí misma. De ello no se deduce que los tutores puedan ejercer arbitrariamente dicha acción, sino que deben justificar que existe un interés del incapaz en obtener la disolución del matrimonio, así como obtener autorización judicial para dicho ejercicio. Véase Sentencia del Tribunal Constitucional de 18 de diciembre de 2000.

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Publicado

10-11-2011

Cómo citar

Beltrá Cabello, C. (2011). Acción de divorcio. Legitimación de tutores: Comentario a la STS, Sala de lo Civil, de 21 de septiembre de 2011. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (130), 73–76. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/12337

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil

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