Auto adoptando medidas cautelares civiles: no cabe condena en costas

Autores/as

  • José Ignacio Atienza López Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

medidas cautelares, embargo preventivo, condena en costas, criterio del vencimiento en los incidentes

Resumen

Juan es un letrado que solicitó, en una demanda de juicio ordinario, la adopción de una medida cautelar de embargo preventivo contra la parte demandada, y tras la vista, en la cual se opuso esta a la adopción de la medida, se dictó Auto accediendo al embargo preventivo que se había pedido, pero sorprendentemente, a su parecer, no se han impuesto las costas del incidente de medidas a la parte demandada; ha pedido aclaración del Auto en solicitud de esta condena en costas ya que considera que debe aplicarse el postulado general del vencimiento objetivo, y le ha sido rechazada la aclaración pedida, por lo cual ha recurrido en apelación este Auto. Tampoco el Juzgado ha dado cobertura a la falta de la condena en costas, en la concurrencia de dudas de hecho o de derecho en este caso.

¿Debe estimarse la petición del apelante, accediéndose a conceder la condena en costas que pide Juan?

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Publicado

10-02-2007

Cómo citar

Atienza López, J. I. (2007). Auto adoptando medidas cautelares civiles: no cabe condena en costas. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (73), 9–10. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13719

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