La práctica de la anotación preventiva de embargo de bienes gananciales

Autores/as

  • José Manuel Suárez Robledano Magistrado (España)

Palabras clave:

bienes gananciales, embargo de bienes, anotación preventiva de embargo, notificación de demanda

Resumen

Por medio de la correspondiente demanda, el bufete de Abogados encargado del caso interpone una demanda de juicio ordinario en reclamación de una cantidad de 15.000 euros a dos esposos casados en régimen de gananciales que compraron en su día diverso mobiliario del que no han pagado la referida cantidad por considerar que la entrega se había efectuado con retraso, aunque no han formulado queja o reclamación alguna por dicha circunstancia alegada verbalmente para su impago.

Se estimaba, en el dictamen previo solicitado al referido despacho de abogados, que sería conveniente instar con la demanda la anotación preventiva de embargo de bienes de los demandados con la finalidad de garantizar el pago y ante la eventualidad de que, al momento de la ejecución de la sentencia firme condenatoria, se encontraran en situación de insolvencia.

Se plantean diversas hipótesis en el citado dictamen interesado que han de ser solventadas con la propia medida referida de anotación preventiva y con las incidencias que surjan en la ejecución de la que se pueda acordar por la constancia de ser todos los bienes de los demandados de naturaleza ganancial, y haberse contraído la deuda reclamada por ambos esposos.

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Publicado

10-12-2007

Cómo citar

Suárez Robledano, J. M. (2007). La práctica de la anotación preventiva de embargo de bienes gananciales. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (83), 3–9. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13993

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