Arrendamiento de local de negocio: duración y resolución
Caso práctico
Resumen
Por don Antonio P. R. se firmó un contrato de arrendamiento de local comercial el 13 de junio de 1985 con el dueño de dicho local don Javier Z. G.
En dicho contrato se pactó una renta anual de 2.400.000 pesetas, pagadera por mensualidades de 200.000 pesetas en los diez primeros días de cada mes.
Igualmente se pactó una revisión anual de la renta pactada de acuerdo con el Índice de Precios al Consumo (IPC).
La duración del contrato pactada en el contrato de arrendamiento es indefinida.
Por el arrendador, señor Z. G. se presentó demanda el 1 de junio de 2006 instando la resolución del contrato de arrendamiento por entender que el período de duración del mismo es el de un año como así se pactó la renta y que es de aplicación la tácita reconducción del Código Civil (CC) de los arts. 1.566 y 1.581.
El arrendatario se opuso a dicha pretensión por considerar que es de aplicación el Real Decreto-Ley 2/1985, de 30 de abril, y que existe una fijación implícita de la prórroga forzosa a instancia del arrendatario que se ejercita año a año.