Petición inicial de proceso monitorio
Formulario
Resumen
Como es sabido, el juicio monitorio, regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) 1/2000, de 7 de enero, es una de las principales novedades del texto procesal y una de las que más trascendencia y repercusión está teniendo en la práctica.
Antes de pasar a proponer sendos formularios de petición inicial de juicio monitorio, el primero con abogado y procurador, y el segundo, más sencillo, sin la intervención de estos profesionales, es importante matizar que la intención de la LEC es la de hacer de este tipo de juicio un cauce adecuado para reclamar determinadas deudas dinerarias que no constan en documentos legalmente protegidos o privilegiados, poniendo a disposición del acreedor un íter judicial sencillo a la par que escaso de formalidades y trámites procesales.
En ese entendimiento, el artículo 814 de la LEC, refiriéndose a la petición inicial del procedimiento monitorio, señala los datos que se han de expresar en la misma, tales como identidad del deudor, domicilio o domicilios del acreedor y del deudor o el lugar en que residieren o pudieren ser hallados, y el origen y la cuantía de la deuda.
Es más, el precepto contempla la posibilidad de que la petición pueda extenderse en impreso o formulario que facilite la expresión de los extremos citados.