Temporalidad de la pensión compensatoria en separaciones matrimoniales

Comentario a la STS de 23 de noviembre de 2021

Autores/as

  • Casto Páramo de Santiago Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid (España)

Resumen

En los procedimientos que tienen por finalidad acordar las medidas que han de regir las relaciones entre los cónyuges como consecuencia de la interposición de una demanda de divorcio o separación, ya sea de mutuo acuerdo o contenciosa, uno de los aspectos que suelen generar más discusión entre las partes es la fijación de una pensión compensatoria, que puede definirse como aquella que solicita el cónyuge al que la separación o el divorcio le genera un desequilibrio en relación con la posición del otro, que le supone un empeoramiento respecto de su situación anterior durante el matrimonio. Este derecho a la compensación puede determinar que se fije una pensión de manera temporal o de manera indefinida, ya sea mediante establecimiento en el convenio regulador o mediante sentencia que el juez dicte, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 97 del Código Civil (CC).

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Publicado

10-01-2022

Cómo citar

Páramo de Santiago, C. (2022). Temporalidad de la pensión compensatoria en separaciones matrimoniales: Comentario a la STS de 23 de noviembre de 2021 . CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (252), 69–72. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/9117

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil-mercantil

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