Los límites a la facultad de dictar actos de comprobación de valores de forma reiterada
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2001.16531Resumen
En el presente trabajo se analizan las causas que pueden imposibilitar a la Administración volver a liquidar el tributo, una vez que se ha producido la anulación de una liquidación anterior por deficiencias en los actos de comprobación de valores. A estos efectos, se han de tomar en consideración dos cuestiones, fundamentalmente. Por un lado, dicha imposibilidad puede venir dada por la prescripción del derecho a liquidar, lo que puede suceder en múltiples ocasiones si las causas de interrupción de la prescripción se interpretan en el sentido defendido por el autor en el trabajo. Por otro lado, aun en el caso de que la acción de la Administración para liquidar no haya prescrito, algunos tribunales impiden el ejercicio de la misma para evitar la reiteración de los actos de comprobación de valores en relación con un mismo hecho imponible, estableciéndose así por vía jurisprudencial unas mayores garantías para el contribuyente. Ambas doctrinas pueden suponer que se deba aceptar el valor declarado por el sujeto pasivo en prácticamente la mayor parte de los supuestos.