La deducción de las cuotas del IVA soportado en la reciente jurisprudencia del TJCE

Autores/as

  • José Manuel Almudí Cid Profesor de Derecho financiero y tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid (España)
  • Fernando Serrano Antón Profesor de Derecho financiero y tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2001.16533

Resumen

El estudio trata de analizar las recientes Sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (STJCE) que versan sobre la deducción de las cuotas del IVA soportado. El análisis comienza con la Sentencia Gabalfrisa, dada la reintroducción en nuestro régimen fiscal del IVA del debate relativo a la deducción de las cuotas de IVA soportado por actividades previas al inicio de una actividad económica. A continuación se pasa a examinar la STJCE Breitsohl al suponer un paso más en la aceptación definitiva de las cuotas del IVA soportado por operaciones efectuadas con el objeto de llevar a la práctica un proyecto de actividad económica. Al analizar esta sentencia no puede dejarse de estudiar la posibilidad de renunciar a la exención de IVA en los casos de entregas de terrenos y su operatividad cuando en los mismos se acompaña un edificio o parte del mismo.

Además, se hace referencia a la STJCE Ampafrance, en relación con unas liquidaciones tributarias complementarias giradas a unas sociedades francesas basadas en la exclusión del derecho a deducir del IVA los gastos de alojamiento, restaurantes, recepciones y espectáculos. Entendemos que la exclusión del derecho a deducir el IVA soportado en estos gastos es excesivo tal y como está redactado en nuestra normativa, de acuerdo a la doctrina sentada por dicha sentencia.

La influencia de estas sentencias en nuestro sistema fiscal es evidente y es por ello por lo que las traemos a colación. Las tres citadas culminan probablemente una tendencia para la ampliación del derecho a deducir de las cuotas del IVA soportado comenzada previamente por otras sentencias que también son objeto de análisis como Lennartz, INZO, Rompelman y Ghent Coal, entre otras. La tendencia entendemos que es acertada y ajustada a Derecho en tanto en cuanto es la única vía para alcanzar en plenitud la neutralidad del régimen que establece la Sexta Directiva.

Por último, se estudia la compatibilidad de las restricciones del derecho a deducir las cuotas del IVA soportado con el argumento basado, según las Administraciones Tributarias, en la prevención y control del fraude fiscal.

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Publicado

07-03-2001

Cómo citar

Almudí Cid, J. M., & Serrano Antón, F. (2001). La deducción de las cuotas del IVA soportado en la reciente jurisprudencia del TJCE. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (216), 65–88. https://doi.org/10.51302/rcyt.2001.16533

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