Tributación de agricultores y ganaderos

Autores/as

  • Roberto Alonso Alonso Inspector de Finanzas del Estado (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.1996.17299

Resumen

A partir del 1 de enero de 1995, con la entrada en vigor del Real Decreto 2414/1994, de 16 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del IRPF en materia de actividades agrícolas y ganaderas, rentas no sometidas a retención o ingreso a cuenta y cuantía de los pagos fraccionados (BOE 20-12-1994) y de la Orden de 29 de noviembre de 1994 (BOE 30-11-1994), de módulos para 1995, que incluye en la modalidad de signos, índices o módulos del método de la Estimación Objetiva del IRPF a los agricultores y ganaderos, se produce un cambio importante en el régimen de tributación de éstos por tal Impuesto.

Pues bien, transcurrido ya un año desde dicha inclusión en módulos de agricultores y ganaderos, publicada la nueva Orden de módulos para 1996 (Orden de 28-11-1995) y ante la próxima apertura del período voluntario de declaración del IRPF correspondiente a 1995, consideramos oportuno incidir sobre el régimen de tributación de este sector, abordando el estudio de aquellas cuestiones que singularizan al mismo:

– El régimen de los pagos a cuenta.
– La determinación del rendimiento neto en la modalidad de signos, índices o módulos de la estimación objetiva.

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Publicado

07-04-1996

Cómo citar

Alonso Alonso, R. (1996). Tributación de agricultores y ganaderos. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (157), 3–50. https://doi.org/10.51302/rcyt.1996.17299

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