La prescripción del crédito tributario no concurrente

Análisis de la RTEAC de 16 de noviembre de 2022, RG 2225/2022

Authors

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2023.19155

Abstract

El Tribunal Económico-Administrativo Central resuelve en alzada para la unificación de criterio un nuevo supuesto sobre la prescripción del crédito tributario cuando este se relaciona con el concurso de acreedores. Se trata de aclarar el momento en el que se reinicia el cómputo de la prescripción del derecho al cobro del crédito tributario que, sometido a convenio por ser concursal, no se ve, sin embargo, satisfecho a través del cumplimiento de tal convenio por tratarse de un crédito no concurrente, esto es, que no fue comunicado en tiempo a la administración concursal.

Downloads

Download data is not yet available.

References

Albaladejo, M. (2009). Derecho Civil I. Introducción y parte general. (14.ª ed.). La Ley.

Aznar Giner, E. (2022). La ausente (o defectuosa) comunicación del crédito hipotecario en el concurso de acreedores y su impacto en el potencial privilegio especial. Actualidad Civil, 7-8.

Fraile Fernández, R. (2015). La certificación administrativa en el concurso de acreedores. Anuario de Derecho Concursal, 34.

Garrido, J. M. (2015). Artículo 134 LC. Comentarios a la Ley Concursal. Aranzadi.

Herrera Petrus, C. (2017). Los créditos concursales, pero no concurrentes (Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo [1.ª] de 4 de noviembre de 2016). Anuario de Derecho Concursal, 41.

Published

2023-09-18 — Updated on 2023-10-03

Versions

How to Cite

Fraile Fernández, R. (2023). La prescripción del crédito tributario no concurrente: Análisis de la RTEAC de 16 de noviembre de 2022, RG 2225/2022. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (487), 101–112. https://doi.org/10.51302/rcyt.2023.19155 (Original work published September 18, 2023)

Issue

Section

Análisis doctrinal y jurisprudencial de tributación