Non bis in idem y derivación de la responsabilidad por expedición de facturas falsas al sancionado por su utilización

Análisis de la STS de 17 de septiembre de 2020, rec. núm. 325/2019

Autores/as

  • Carlos Palao Taboada Catedrático emérito de Derecho Financiero y Tributario. Consejero de Montero Aramburu (España)

Resumen

La Sala sentenciadora se dividió por la mitad acerca de la solución de la cuestión implícita en el título de este comentario: mientras que la mayoría consideró no aplicable el principio non bis in idem, el voto particular señaló algunas especialidades del caso que cuestionan esta solución. La sentencia pone de manifiesto las relaciones que existen entre dicho principio y la teoría penal de los concursos, así como los problemas que plantea la responsabilidad tributaria de naturaleza sancionadora.

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Citas

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Publicado

07-02-2021

Cómo citar

Palao Taboada, C. (2021). Non bis in idem y derivación de la responsabilidad por expedición de facturas falsas al sancionado por su utilización: Análisis de la STS de 17 de septiembre de 2020, rec. núm. 325/2019. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (455), 93–113. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/RCyT/article/view/7305

Número

Sección

Análisis doctrinal y jurisprudencial de tributación

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