Causa de indignidad para suceder de padre que no atiende a sus obligaciones alimenticias respecto de su hijo

Autores/as

  • Casto Páramo de Santiago Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid (España)

Palabras clave:

patria potestad, sucesiones, indignidad para suceder, abandono de familia

Resumen

La falta de atención y abandono respecto de los hijos menores por parte del progenitor paterno, descuidando tanto la asistencia personal como la patrimonial, dejando de contribuir a los alimentos a los que se halla obligado por resolución judicial, podría determinar tras la incoación del correspondiente juicio ordinario a la privación de la patria potestad, sin embargo, fallecido el hijo, la decisión sobre esa cuestión carece de trascendencia. No obstante, la desatención y abandono puede tener consecuencias para el progenitor paterno pues puede ser privado del derecho a suceder al hijo fallecido por causa de indignidad para suceder con fundamento en la falta de prestación de alimentos al hijo causante.

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Publicado

10-06-2018

Cómo citar

Páramo de Santiago, C. (2018). Causa de indignidad para suceder de padre que no atiende a sus obligaciones alimenticias respecto de su hijo. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (209), 156–162. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/10107

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