Ingreso a la función pública docente. Autonomía universitaria
Comentario a la STS de 18 de mayo de 2015
Palabras clave:
universidades, acceso a plazas de profesor titular y catedrático, autonomía universitariaResumen
En esta interesante sentencia, el Tribunal Supremo viene a establecer una consolidada jurisprudencia sobre los concursos de acceso efectuados por las universidades públicas, al margen de las limitaciones que sobre dicha materia tienen establecidas las distintas leyes de presupuestos dictadas a fin de hacer frente a la crisis económica padecida por nuestro país y que se situaba, en este ámbito concreto, en una tasa de reposición de solo el 10 % de las vacantes que se fueran produciendo. En este sentido, se proclama la plena aplicabilidad y efectividad de dichas normas que limitan el ingreso en los cuerpos docentes universitarios por encima de esa tasa de reposición de efectivos, al ámbito de las universidades públicas, sin que ello afecte en modo alguno al principio constitucional de autonomía universitaria, pues de lo que estamos hablando es de autonomía financiera, ámbito este que siempre ha de estar sujeto a las previsiones que el Estado dicte en desarrollo de su competencia sobre la dirección de la política económica y presupuestaria del país.