Arrendamiento de local con pacto de indemnización por desistimiento unilateral del arrendatario

Comentario a la STS, Sala de lo Civil, de 27 de septiembre de 2013

Autores/as

  • Casto Páramo De Santiago Fiscal (Fiscalía Provincial de Madrid) (España)

Palabras clave:

arrendamientos urbanos, local de negocios, duración, desistimiento unilateral

Resumen

El contrato de arrendamiento suscrito por los litigantes por una duración de quince años preveía expresamente la posibilidad de desistimiento anticipado y unilateral del arrendatario, para lo cual debía ponerlo en conocimiento de la arrendadora con una determinada antelación e indemnizarle en una mensualidad de renta por cada año que quedara por cumplir. En el documento de entrega de llaves la arrendadora se limitó a aceptar la restitución del inmueble como consecuencia de la mencionada previsión contractual, pero no renunció a los derechos que la cláusula contractual preveía en caso de desistimiento unilateral del contrato del arrendatario. El valor del silencio como expresión del consentimiento ha de tomarse en consideración no solo la recepción de la comunicación del abandono del inmueble arrendado y entrega de llaves, sino los actos concomitantes que permitan entender debidamente probado el consentimiento tácito. La Sala ha declarado con reiteración que la renuncia de derechos no puede apoyarse en actos que no sean clara e inequívocamente expresivos de ella.

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Publicado

10-05-2014

Cómo citar

Páramo De Santiago, C. (2014). Arrendamiento de local con pacto de indemnización por desistimiento unilateral del arrendatario: Comentario a la STS, Sala de lo Civil, de 27 de septiembre de 2013. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (160), 59–62. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/11339

Número

Sección

Comentarios doctrinales y jurisprudenciales. Civil

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