Recurso de apelación en materia de asilo y refugio
Formulario
Resumen
La Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, afectó también a numerosos preceptos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Entre ellos se encontraba el que regulaba el marco competencial de las solicitudes de asilo y refugio en España, de manera que a partir de dicha ley, de acuerdo con el artículo 9.º e), son los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo los que han de conocer en primera instancia de las resoluciones que acuerden la inadmisión de las peticiones de asilo, reservándose la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional la competencia para conocer de las resoluciones denegatorias de la solicitud. Así frente a las sentencias dictadas por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en primera instancia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, recurso que se podrá acomodar al formulario que se propone.